Confunden Detención con Extradición
por Guillermo Olivera Díaz;
4-2-2012
El juez federal argentino, Norberto Oyarbide ha ordenado la detención internacional preventiva, con fines de extradición, del ex dictador peruano Francisco Morales Bermúdez, por delitos cuya acción penal es imprescriptible.
Una cosa es la detención misma y otra muy distinta la extradición, que es la entrega del detenido al país solicitante luego del proceso respectivo en el país solicitado.
Recordemos lo de Alberto Fujimori. Su proceso de extradición desde Chile a Perú duró un buen tiempo y la acordó judicialmente la Corte Suprema de ese país. Pero fue detenido a su arribo a Santiago huyendo de Japón y luego puesto en arresto domiciliario hasta el día que fue entregado (extraditado) a Perú, a fines del año 2007.
Por lo tanto, el Poder Judicial peruano, el Congreso o el Poder Ejecutivo no son órganos que deciden o han decidido la detención de Morales Bermúdez, sino el juez argentino que lo procesa penalmente, para los fines de extradición posterior. En Perú no se puede dejar sin efecto un mandato judicial de detención argentino; seguirá en pie, aunque la extradición sea denegada por las autoridades peruanas. La edad del solicitado no es óbice; han habido octogenarios y nonagenarios en el mismo trance por crímenes de lesa humanidad.
Así de claro. La detención preventiva es una cosa y la futura extradición es otra; la una, es una acción material, concreta, de aprehensión del sujeto; la otra, es un proceso con final entrega.
¿Cumplirá el Ministro del Interior, vía la policía peruana, la captura del solicitado?. ¿Qué dirá INTERPOL si Perú no acata la orden de detención internacional?
Tampoco es cierto que el cuestionado se haya "puesto a derecho", que sería entregarse para que lo detengan y entreguen, antes que llegue la orden judicial argentina misma.
Lo que ha hecho Morales Bermúdez con picardía es tratar de zafarse del aprieto, pidiendo que los órganos competentes peruanos lo investiguen y no los argentinos. También quiso Fujimori ser investigado en Japón y no extraditado a Perú. El nipón hizo el mismo juego. La tiranía del poder se les ha terminado, sin remordimientos ni arrepentimientos.
Empero, los 13 opositores al ex dictador fueron secuestrados en Perú por orden del entonces bravucón gobernante de facto, deportados a la Argentina y entregados a los militares de este país ¿cuánto tiempo y cómo fueron tratados?, cuando gobernaba otro dictador: Jorge Videla, quien a sus 87 años purga hoy cadena perpetua.
Ergo: ¿es competente el juez federal argentino si el secuestro de 13 peruanos concluyó su momento consumativo en Buenos Aires, Argentina? Los dictadores no llaman secuestro a esta forma de trato a sus opositores; piensan que es una obra de bien a su régimen (sic).
Que los entonces secuestrados Javier Diez Canseco, Ricardo Napurí, entre otros, ensayen la respuesta. ¡O que agradezcan a Morales Bermúdez haberlos detenido en Perú, sin mandato judicial alguno y, finalmente, expulsado a otro país!
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