lunes, 26 de marzo de 2012

Ley sin reglamento es letra muerta

Después de la promulgación de Ley de Consulta Previa, hace más de tres meses, resulta absurdo que a la actualidad esta norma no tenga reglamento y al no tener este requisito legal, tampoco goza de atribuciones constitucionales. En tal sentido me parece que existe una involución en materia de nuestra legislación en la hoja de vida del Poder Ejecutivo, ya que Ley sin reglamento es letra muerta.
Por lo que recuerdo, el ex Presidente del Consejo de Ministros de ese entonces, Salomón Lerner, manifestó que esta Ley, es uno de los logros del gobierno de Ollanta Humala Tasso. A mi parecer hasta el momento es una respuesta demagógica de este régimen a nuestros pueblos que siempre han sido desatendidos y que por aplicación de un criterio político se ha terminando por desnaturalizar el carácter técnico de la Ley.
Este desatino legal no satisface mi expectativa contemporánea porque deja de lado la lógica unilateral de la marginación, la del respeto a los derechos de los pueblos indígenas instituyendo el diálogo para alcanzar acuerdos, los que van a permitir las regulaciones entre nuestros pueblos y el actual gobierno teniendo en cuenta que anteriores regímenes defendieron la lógica del capital global permitiendo que la legitimación de este derecho social sea a favor del capital económico neoliberal, y desatendiendo nuestros intereses nacionales en la escena internacional.
Por ello la nociva demora en la promulgación del reglamento de la Ley de Consulta Previa se aleja de las necesidades de las grandes mayorías en virtud que el Poder Ejecutivo no valora que el Estado debe atender esta Ley, y debe cumplir con una arrastrada deuda histórica a nuestros hermanos indígenas quienes siempre fueron postergados por intereses supranacionales; empero todos esperamos que con su reglamento ya concluido por la Comisión Multisectorial y las exigencias previstas por esta norma como la de recoger la opinión de las comunidades se debe evitar más muertes por conflictos sociales, así como la paralización de las inversiones en proyectos de electricidad, minería e hidrocarburos, etc.
Pero también hemos sido testigos del entrampamiento de las Leyes que por estar falto de reglamento han sido excluidos por nuestra clase política, de ser así, no se está garantizando la paz social, y otros proyectos afines. Esperemos que la decisión final del Poder Ejecutivo sean las medidas más correctivas en la promulgación del reglamento. Y que administrativamente en lo que corresponde al Estado según el artículo 15, de la Ley de Consulta Previa estará obligado a someter a consulta a nuestros pueblos indígenas todos los proyectos de desarrollo nacional y regional que puedan afectar los intereses colectivos contra los beneficios del País.
Definitivamente insisto que esta Ley de Consulta Previa, sin reglamento es letra muerta ya que crea una falsa necesidad y que obviamente debilita al Poder Ejecutivo porque disminuye su integridad y credibilidad que una Ley se apruebe substancialmente a corto plazo convirtiéndolo así en un ente burocrático de trámites engorrosos y dilatorios.

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